CASO DIEGO GATICA
Volver a delinquir, consumir sustancias y contactarse con la familia de la víctima: las prohibiciones que deberán respetar Bustos y Cuello Morán
Los jóvenes están implicados en la muerte del oficial de la Policía. La legislación establece una serie de medidas para quienes son condenados con penas en suspenso. Si incumplen con alguna podrán ser encarcelados.
Este lunes, mediante un juicio abreviado, la fiscal Virginia Palacios pidió tres años de prisión en suspenso para Alexis Cuello Morán y Maycol Bustos. Los jóvenes de 19 años están acusados de ser partícipes secundarios de homicidio en ocasión de robo, en perjuicio de Diego Gatica. La víctima fue interceptada por un grupo de seis adolescentes el 5 de febrero de 2022. Para robarle, le dieron un piedrazo en la cabeza. Seis días después, murió.
En la audiencia, donde solicitaron 13 años de cárcel para Lautaro Cruz, el presidente del Tribunal, José Luis Flores consultó a quienes eran menores a la hora de cometer el hecho si aceptaban su participación, la calificación y la pena requerida.
Pero además, enumeró algunas de las conductas que deberán respetar si junto a sus pares, Ariel Parrillis y Adriana Lucero Alfonso, homologan el acuerdo.
“La faz corporal, el encierro corporal que implica la prisión de tres años queda suspendida al cumplimiento de una serie de condiciones. De no cumplirse, cualquiera de ellas, implicará ir a cumplir a la cárcel la condena de tres años”, les explicó Flores.
Precisó que entre las obligaciones que establece el artículo 27 bis del Código Penal figuran las de “no cometer nuevos delitos, no consumir sustancias prohibidas de ningún tipo, ni bebidas alcohólicas en forma problemática, no abandonar el domicilio, no dejar la provincia y mantener al Tribunal al tanto y corriente de cuáles son sus condiciones de vida”.
Sumó a eso la imposibilidad de “tener ningún tipo de contacto con la familia de la víctima”.
La norma advierte que “si el condenado no cumpliere con alguna regla, el Tribunal podrá disponer que no se compute como plazo de cumplimiento todo o parte del tiempo transcurrido hasta ese momento”.
Además, “si persistiere o reiterare el incumplimiento, el Tribunal podrá revocar la condicionalidad de la condena. El condenado deberá entonces cumplir la totalidad de la pena de prisión impuesta en la sentencia”.
Tanto Bustos como Cuello Morán aceptaron las medidas dispuestas y enumeradas por Flores. Desde ese momento, el Tribunal cuenta con un plazo de 10 días hábiles para emitir la sentencia.
A continuación, las reglas de conducta que establece el artículo 27 bis:
1. Fijar residencia y someterse al cuidado de un patronato.
2. Abstenerse de concurrir a determinados lugares o de relacionarse con determinadas personas.
3. Abstenerse de usar estupefacientes o de abusar de bebidas alcohólicas.
4. Asistir a la escolaridad primaria, si no la tuviere cumplida.
5. Realizar estudios o prácticas necesarios para su capacitación laboral o profesional.
6. Someterse a un tratamiento médico o psicológico, previo informe que acredite su necesidad y eficacia.
7. Adoptar oficio, arte, industria o profesión, adecuado a su capacidad.
8. Realizar trabajos no remunerados en favor del estado o de instituciones de bien público, fuera de sus horarios habituales de trabajo.